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Ley de Tierras: Soberanía y Ecología en Juego

01/04/2025

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La reciente decisión del gobierno de Javier Milei de derogar, mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la Ley 26.737, conocida popularmente como la Ley de Tierras, ha encendido una profunda alarma en los sectores ambientalistas y en quienes defienden la soberanía nacional sobre los recursos naturales. Esta medida, enmarcada en un ambicioso plan de desregulación económica, elimina las barreras que limitaban la compra de grandes extensiones de suelo argentino por parte de capitales extranjeros. Este cambio de paradigma nos obliga a preguntarnos: ¿cuáles son las verdaderas consecuencias para nuestro patrimonio natural y nuestra autonomía como nación?

Índice de Contenido

¿Qué es la Ley de Tierras y Cuál Era su Propósito Original?

Promulgada en diciembre de 2011 durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, la Ley de Tierras Rurales nació con un objetivo claro y contundente: proteger un recurso estratégico no renovable como es la tierra. No se trataba de una prohibición total, sino de establecer un marco regulatorio para evitar la concentración y extranjerización descontrolada del territorio nacional. La ley fue concebida como un instrumento de soberanía, buscando poner un freno a la adquisición de vastas hectáreas por parte de magnates internacionales con un poder económico capaz de redibujar el mapa productivo y social del país.

¿Qué es la Ley de tierras rurales?
La Ley de Tierras, también conocida como Ley 26.737 de Tierras Rurales, fue presentada en el Congreso durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner y se aprobó y promulgó en diciembre de 2011. Sin embargo, en 2016, el presidente Mauricio Macri realizó modificaciones a esta normativa, beneficiando a magnates internacionales.

Los pilares fundamentales de esta legislación eran:

  • Límite del 15%: Se estableció que las personas físicas o jurídicas extranjeras no podían ser titulares de más del 15% del total de las tierras rurales del país. Este mismo límite se aplicaba a nivel provincial y municipal.
  • Límite por titular: Se fijó un tope individual de 1.000 hectáreas por titular extranjero en la llamada "zona núcleo" (las tierras más fértiles del país) o su equivalente en otras regiones, según la calidad y productividad del suelo.
  • Protección de cuerpos de agua: La ley prohibía explícitamente la venta a extranjeros de terrenos que contuvieran o fueran ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes, como lagos, ríos o glaciares, considerados vitales y estratégicos.
  • Creación del Registro Nacional de Tierras Rurales: Para garantizar el cumplimiento y tener un panorama claro de la titularidad de la tierra, se creó este registro bajo la órbita del Ministerio de Justicia, con el fin de transparentar las operaciones y monitorear la extranjerización.

Desde una perspectiva ecológica, la ley era una herramienta crucial. Al limitar la concentración de la propiedad, se buscaba también prevenir la instalación de megaproyectos extractivistas o de monocultivo a gran escala que no respondieran a una planificación territorial soberana, protegiendo así la biodiversidad, las cuencas hídricas y los ecosistemas locales.

El Camino de la Flexibilización: El Decreto de Macri

El primer gran golpe a la estructura protectora de la Ley 26.737 llegó en 2016, bajo la presidencia de Mauricio Macri. A través del decreto 820/2016, se modificaron aspectos sustanciales de la normativa, abriendo la puerta a lo que muchos expertos consideraron una flexibilización peligrosa. El cambio más significativo fue la eliminación de la obligatoriedad de solicitar un nuevo certificado de habilitación al Registro Nacional cuando una empresa dueña de tierras cambiaba su composición accionaria.

¿Qué significó esto en la práctica? Se habilitó una vía para eludir la ley. Una empresa de capitales nacionales podía vender su paquete accionario a un extranjero, y con ello, la tierra pasaba a manos foráneas sin que el Estado tuviera la obligación de ser notificado o de autorizar la operación. Este mecanismo, que a menudo involucra a testaferros, volvía casi imposible el seguimiento y control de los límites del 15% y de las 1.000 hectáreas. Además, el decreto de Macri relajó los controles sobre los cuerpos de agua, dejando la verificación en manos de las provincias y estableciendo un sistema de aprobación "tácita" si no había respuesta en un plazo de 10 días, un riesgo enorme para recursos hídricos vitales.

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Tabla Comparativa: Evolución de la Legislación de Tierras

CaracterísticaLey 26.737 Original (2011)Decreto 820/2016 (Macri)Derogación por DNU (Milei)
Límite general de extranjerización15% del territorio nacional, provincial y municipal.Se mantiene el límite, pero se debilita el control.Se elimina por completo el límite.
Límite por titular extranjero1.000 hectáreas en zona núcleo o su equivalente.Se mantiene, pero es fácilmente eludible por venta de acciones.Se elimina por completo el límite.
Control sobre venta de accionesRequería un certificado de habilitación del Registro Nacional.Se elimina la obligación de informar al Registro.Control inexistente, mercado totalmente libre.
Protección de cuerpos de aguaProhibición estricta de venta a extranjeros.Se flexibiliza el control, permitiendo aprobación tácita.Se elimina la prohibición específica.

La Derogación Total: ¿Un Cheque en Blanco para la Venta del País?

La desregulación propuesta por el actual gobierno va un paso más allá de la flexibilización de Macri: elimina de raíz toda la estructura de la Ley de Tierras. Esto implica que ya no existen límites porcentuales, ni topes de hectáreas, ni controles especiales sobre la venta de acciones o la protección de fuentes de agua. El mercado de tierras rurales queda completamente abierto a la inversión extranjera, sin distinción ni regulación alguna.

Las consecuencias ambientales y sociales son potencialmente devastadoras. La posibilidad de que corporaciones multinacionales adquieran extensiones gigantescas de territorio podría intensificar modelos de producción basados en el agronegocio, la megaminería o la explotación forestal sin un contrapeso estatal que vele por la sustentabilidad. Se abre la puerta a la privatización de facto de paisajes enteros, incluyendo montañas, lagos, ríos y humedales, que son fundamentales para el equilibrio ecológico y el acceso público al patrimonio natural.

Preguntas Frecuentes sobre la Ley de Tierras

¿Qué es exactamente la Ley de Tierras Rurales?

Era una normativa argentina (Ley 26.737) que establecía límites y condiciones a la compra de campos y terrenos rurales por parte de personas o empresas extranjeras, con el fin de proteger la tierra como un recurso estratégico y preservar la soberanía nacional.

¿Qué es un sitio contaminado?
e) SITIO CONTAMINADO. Es todo aquel sitio cuyas características físicas, químicas o biológicas han sido alteradas negativamente por la presencia de sustancias contaminantes de origen humano, en concentraciones tal que, en función del uso actual o previsto del sitio y sus alrededores, comporte un riesgo para la salud humana y/o ambiente.

¿Por qué se la considera una ley de protección ambiental?

Porque al limitar la concentración de la propiedad en pocas manos extranjeras, ayudaba a prevenir la instalación de megaproyectos con alto impacto ambiental. Además, protegía específicamente los cuerpos de agua, que son vitales para los ecosistemas y las comunidades locales.

¿Qué cambia con la derogación propuesta por el nuevo gobierno?

Absolutamente todo. Se eliminan todos los límites y controles. A partir de ahora, un inversor extranjero podría comprar cualquier cantidad de tierra rural en Argentina, sin importar su tamaño, ubicación o si contiene recursos naturales estratégicos como fuentes de agua dulce.

¿Esto podría afectar el precio de la tierra para los productores locales?

Sí. La apertura irrestricta al capital internacional, que maneja otras escalas de inversión, podría generar un aumento significativo en el valor de la tierra, dificultando el acceso a la misma para pequeños y medianos productores argentinos, y fomentando una mayor concentración.

En conclusión, la derogación de la Ley de Tierras marca un punto de inflexión en la política de gestión territorial y ambiental de Argentina. Se abandona un modelo que, con sus virtudes y defectos, priorizaba la soberanía y la protección de un recurso finito y esencial, para abrazar una lógica de mercado sin restricciones. El debate que se abre no es solo económico, sino profundamente ecológico y filosófico: ¿es la tierra una simple mercancía o es el sustento de nuestra biodiversidad, nuestra agua, nuestros alimentos y, en última instancia, nuestra identidad como nación?

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